Reconocimiento, ejecución e inscripción de determinados divorcios son vías distintas. La inscripción no ejecuta automáticamente obligaciones económicas ni relativas a hijos.
Próximos pasos
Sentencia completa, firmeza, notificación y autenticación son el punto de partida. Registro civil y cobro de alimentos o indemnización son procedimientos distintos. Resolución y objetivo determinan registro, reconocimiento o ejecución. Diferencias de nombre y páginas ausentes deben resolverse antes de presentar.
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Reconocimiento de una resolución extranjera
El reconocimiento se refiere a efectos jurídicos. Distíngalo de la ejecución forzosa y de vías especiales de inscripción civil.
Ejecución de una resolución extranjera
Cobrar o exigir una conducta puede requerir autorización de ejecución. El reconocimiento no siempre resulta suficiente.
Reconocer un divorcio extranjero
Si el registro turco mantiene el matrimonio, estudie inscripción administrativa y eventual reconocimiento o ejecución judicial de otros efectos.
Usar una decisión judicial extranjera
Antes de traducir, identifique si es firme, provisional, ejecutable o meramente procesal y el fin para el que se necesita.
Documentos que preparar
Conserve documentos completos, anexos, sobres y constancias electrónicas de entrega. Identifique países, nombres, fechas relevantes y el resultado deseado. Comparta originales sensibles únicamente por un canal previamente acordado.
- Resolución extranjera completa
- Prueba de firmeza y de notificación
- Autenticación y traducción turca exigidas
Próximos pasos
Primero se revisan competencia, ley aplicable, pruebas y plazos. Después se concretan procedimiento, documentos, comparecencia y costes. Revise el texto y las facultades especiales del poder antes de firmarlo.
¿Tengo que viajar?
La revisión de documentos y muchos trámites pueden realizarse mediante un poder adecuado. El tribunal, notario, banco o registro puede exigir presencia personal u originales. Confirme estos requisitos antes de reservar un viaje.
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Fuentes y alcance
Información jurídica general. Una solicitud no suspende plazos ni constituye un encargo. El alcance, los honorarios y la representación se acuerdan antes de actuar. No se garantiza un resultado ni una duración; prevalecen los textos oficiales turcos.
Derecho internacional privado — 5718 Ley de Registro de Población — 5490 HCCH — Texto del Convenio de Apostilla Código Procesal Civil — 6100